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30 de noviembre de 2023
Fin del periodo voluntario de pago y paso al cobro de los recibos domiciliados del impuesto sobre bienes inmuebles, del 2º plazo fraccionado de dicho impuesto para quien lo haya solicitado (urbanos y rústicos) 2023 y del impuesto sobre actividades económicas 2023.
Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, se iniciará el periodo ejecutivo y las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose intereses de demora y los recargos del periodo ejecutivo en los términos del artículo 26 y 28 de la ley General Tributaria.
Les recomendamos domicilio sus obligaciones fiscales para evitar recargos posteriores.