Para tramitar una declaración responsable es necesario utilizar el FORMULARIO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
que se encuentra en la página web y enviarlo por REGISTRO a la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales.

El formulario debe estar correctamente cumplimentado. Si falta algún dato esencial no será válido. Se puede presentar en cualquier momento pero solo se admitirá como máximo una declaración al año por cada finca, monte o unidad de gestión.

El aprovechamiento se puede empezar a realizar desde el mismo momento en que se haya registrado lo declaración y durante el plazo de un año.
En caso de duda o de necesitar apoyo en campo o asesoramiento previo es recomendable ponerse en contacto con la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal (dr.aprovechamiento@madrid.org) o con el Cuerpo de Agentes Forestales (por teléfono disponible las 24 horas: 900 181 628 o de forma presencial en las Oficinas Comarcales).

En el caso excepcional de que se desee cortar o podar en condiciones distinta  a las que se indican aquí (bien porque esté técnicamente justificado, bien porque se quiere sacar más volumen, comercializarlo o hacerlo en condiciones distintos a las que marca el proyecto de
ordenación, se deberá solicitar y en este caso, esperar a recibir una AUTORIZACIÓN EXPRESA mediante el
for­mulario correspondiente disponible en la página web y enviarlo por REGISTRO.

 

  • PERIODOS DE EJECUCIÓN
    CORTA Y PODA DE QUERCUS
    Del 1 de noviembre al 1 de abril, ambos fechas inclusive
  • TRASMOCHO DE FRESNOS
    Del 15 de agosto al 1 de marzo, ambos fechas inclusive.
    Nota: para los cortes de fresno. igual que en el apodado siguiente.
  • CORTA Y PODA DEL RESTO DE ESPECIES
    Todo el año, respetando los periodos de exclusión que indique el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales en la Comunidad de Madrid (INFOMA) en lo que respecto al uso del maquinaria y, en su caso, eliminación de restos por quema.
  • AVES PROTEGIDAS
    Para minimizar los molestias a la fauna protegida, los trabajos se realizaron preferentemente de 1 de septiembre al 15 de febrero. En caso de alargarse el aprovechamiento dentro del periodo comprendido entre el 16 de febrero y el 30 de agosto, se asegurará de no producir molestias a la nidificación de especies de aves incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Comunidad de Madrid,  para lo cual se recomiendo consultar con el Cuerpo de Agentes Forestales para solicitar asesoramiento sobre el terreno.
    Todos los recursos y formularios se pueden consultar en:

Planificación y gestión de montes | Comunidad de Madrid
Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal

DESCARGA AQUÍ EL FOLLETO INFORMATIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD Y RECURSOS NATURALES SOBRE LA NUEVA DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA EL APROVECHAMIENTO DE MADERA Y LEÑAS PARA AUTOCONSUMO